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¿Cuál es el procedimiento de acceso a la información pública?


Cualquier persona por si misma o a través de su representante interesada en obtener información pública deberá acudir a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado en el que considera se encuentra la información deseada y presentar la solicitud  de acceso a la Información Pública, a la cual se le deberá dar respuesta dentro de un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha de su recepción, entregando la información solicitada o negando total o parcialmente la misma cuando se trate de información considerada como reservada o confidencial.

En caso de que el Sujeto Obligado no dé respuesta a la solicitud, o el solicitante se encuentre inconforme con la respuesta proporcionada a la misma, la Comisión de Transparencia previa interposición del recurso de revisión por parte del interesado podrá:

I.- Desechar o sobreseer el recurso; 

II. Confirmar la respuesta del sujeto obligado; o 

III. Revocar o modificar la respuesta del sujeto obligado.