Estás aquí:



   

Sesión Ordinaria del Pleno correspondiente al mes de febrero 2020


Publicado: Miércoles, 19 de Febrero de 2020 14:30 hrs.
Autor: Rafael Alcala Campos

modulos/noticias/archivos/485/files/IMG_7529.JPG

San Francisco de Campeche, Camp., a 19 de febrero de 2020.

En Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche (COTAIPEC), integrado por el Lic. José Echavarría Trejo, la C.P. Rosa F. Segovia Linares y el Lic. Manuel R. Osorno Magaña, Presidente y Comisionados, respectivamente, se resolvieron dos Denuncias por Incumplimiento de Obligaciones de Transparencia, tres Recursos de Revisión y aprobaron un Acuerdo.

En la resolución de la primera denuncia interpuesta por incumplimiento de obligaciones de transparencia en contra del Instituto de la Infraestructura Física Educativa del Estado de Campeche, la Comisión la consideró fundada debido a que mediante la verificación realizada al Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT) constató que no se encuentra publicada la información a que se refiere la fracción XXVIII del artículo 74 de la Ley de Transparencia Estatal, por lo que ordenó a dicho sujeto obligado la publicación de la información correspondiente.

En cuanto a la segunda y última denuncia,  interpuesta en contra de la Oficina del Gobernador, la COTAIPEC la consideró infundada debido a que mediante la verificación realizada al Sistema de Portales de Transparencia (SIPOT)  constató que la información a que se refiere la fracción XXIII del artículo 74 de la Ley de Transparencia Estatal sí se encuentra publicada,  con una periodicidad anual y respecto del periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 en el caso específico de la información a que se refiere el programa anual de comunicación social, permitiendo la consulta del hipervínculo que permite accesar a dicho programa; por su parte, la información publicada sobre la contratación de servicios de publicidad es la correspondiente a los cuatros trimestres del ejercicio 2019.

En cuanto a la resolución del primer Recurso de Revisión interpuesto en contra de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, a la cual se le requirió información relacionada con: plazas y remuneraciones de sus servidores públicos de base y confianza, datos relativos a practicantes o aprendices que le prestan servicios, así como el Manual de Remuneraciones de sus trabajadores y el Contrato Colectivo de Trabajo vigente, la Comisión resolvió sobreseer dicho Recurso debido a que el sujeto obligado modificó y otorgó mediante una segunda resolución administrativa la información  solicitada.

Respecto a la resolución del segundo Recurso de Revisión, interpuesto en contra dela Secretaría de Trabajo y Previsión Social, a la cual se le requirió del Tribunal Burocrático de Conciliación y Arbitraje: 1) Analítico de plazas y remuneraciones de sus servidores públicos, para el ejercicio fiscal 2020; 2) Cuántos servidores públicos de confianza y base cuentan en dicho Tribunal con nombramiento definitivo y no definitivo, entre otros datos relativos a tal nombramiento; 3) Número de practicantes con los que cuenta; 4) Manual de Remuneraciones para el ejercicio fiscal 2020, y 5) Contrato Colectivo de Trabajo, la Comisión resolvió declarar el sobreseimiento del mismo debido a que el sujeto obligado recurrido emitió una segunda respuesta con apego a las funciones y atribuciones que lo normanmodificando así el acto que motivó la inconformidad de la parte recurrente.

Respecto a la resolución del tercer y cuarto Recurso de Revisión (acumulados), interpuestos en contra dela Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura, al cual se le requirió información relacionada a nueve requerimientos de diversa información sobre la pavimentación y mantenimiento de tramos específicos de la calles 21 (prolongación) y 20, ambas ubicadas en la localidad de Chiná, la Comisión resolvió declarar el sobreseimiento del mismo debido a que llegó a la determinación de que con la información adicional enviada a la parte recurrente se solventó la omisión cometida inicialmente por el sujeto obligado.

Por último, el Pleno de la Comisión aprobó, mediante Acuerdo, el informe de adecuaciones presupuestales realizadas y del presupuesto ejercido de la Comisión durante el cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2019.


Compartir en:




Noticias relacionadas: