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San Francisco de Campeche, Camp., a 10 de enero de 2017.
En Sesión Ordinaria del Pleno de la COTAIPEC resolvieron, el Lic. José Echavarría Trejo, la C.P. Rosa F. Segovia Linares y el Lic. Manuel R. Osorno Magaña, Presidente y Comisionados respectivamente, Recursos de Revisión interpuestos en contra de la Universidad Autónoma del Carmen y del Instituto Electoral del Estado de Campeche.
En el primer Recurso de Revisión interpuesto en contra de la Universidad Autónoma de Carmen (UNACAR), relativo nueve solicitudes realizadas en las que se le requirieron copias de convenios firmados entre la Universidad Autónoma del Carmen y diversas empresas, signados en los años de 2009, 2012, 2013 y 2014, señalando para ello el número específico de cada convenio requerido así como el nombre de la persona moral o física signante. La Comisión, después del estudio y análisis del mismo, revocó la resolución emitida por el Comité de Transparencia de la UNACAR el cual respondió al solicitante que se trataba de información parcialmente confidencial y reservada, por lo que el órgano garante le ordenó emitir una nueva resolución suficientemente fundada y motivada que haga legalmente indudable la clasificación de la información o deberá ofrecer al recurrente el acceso a la información otorgando los convenios solicitados sin testar parte alguna, conforme a lo requerido en las peticiones realizadas.
En cuanto al último Recurso de Revisión, este fue interpuesto en contra del Instituto Electoral del Estado, la Comisión resolvió declarar el sobreseimiento del recurso debido a que la respuesta respecto de la que se inconformó el recurrente fue solventada ya que posterior a ella se le entregó la información solicitada a través de resolución administrativa la información proporcionada que guarda correspondencia con la requerida en la respectiva solicitud presentada relativa a “los nombres que legalmente tienen la localidades (poblados, ejidos, ranchos, congregaciones, etc) que pertenecen a las Secciones Electorales que integran la Junta Municipal de Seybaplaya y el XVI Distrito Local Electoral, listada Sección por Sección, tanto de la Junta como del Distrito señalados, refiriéndose dicha información a la generada en los trabajos de la última Distritación (2016)”.

En esta misma Sesión Ordinaria se aprobó el Acuerdo por el cual se designó al Lic. Irvin Hernández Peña como titular de la Dirección de Control y Vigilancia de Sujetos Obligados de la Comisión con efectos a partir del 16 de enero de 2017 y con las atribuciones inherentes a dicho cargo.