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En Sesión Ordinaria del Pleno de la COTAIPEC resolvieron, el Lic. José Echavarría Trejo, la C.P. Rosa F. Segovia Linares y el Lic. Manuel R. Osorno Magaña, Presidente y Comisionados respectivamente, Recursos de Revisión interpuestos en contra de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura y la Comisión Estatal de Desarrollo de Suelo y Vivienda así como la aprobación del nombramiento de la Secretaria Ejecutiva, Mtra. Teresa Dolz Ramos.
En el primer Recurso de Revisión y sus dos Recursos acumulados interpuestos en contra de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura, la Comisión resolvió declarar infundado el agravio del recurrente confirmando las resoluciones administrativas emitidas por el sujeto obligado para dar respuesta a las solicitudes de información respectivas debido a que se pudo corroborar que las mismas fueron emitidas en tiempo y forma.
Cabe mencionar que estos recursos de revisión se desprenden de tres solicitudes de información en la que se requirió a dicha Secretaría conocer información variada en relación con el Programa Director Urbano 2008-2033 del Municipio de Campeche y que se encuentra actualmente vigente, asimismo en el tema de las Áreas Ecológicas Recreativas (AER) a las cuales el recurrente presentó estos Recursos alegando falta de respuesta por lo que esta Comisión comprobó que dicha Secretaría si dio oportuna respuesta al solicitante.
En cuanto al cuarto Recurso de Revisión con sus dos Recursos acumulados, interpuesto en contra de la Comisión Estatal de Desarrollo de Suelo y Vivienda, la Comisión de nueva cuenta consideró infundado el agravio del recurrente en los recursos de revisión procediendo a confirmar las resoluciones administrativas emitidas por el sujeto obligado para dar respuesta a las solicitudes de información respectivas.
Cabe señalar que estos recursos de revisión se desprenden de tres solicitudes de información en la que también se requirió a dicha Comisión conocer información variada en relación con el Programa Director Urbano 2008-2033 del Municipio de Campeche, que se encuentra actualmente vigente, asimismo en el tema de las Áreas Ecológicas Recreativas (AER) a las cuales el recurrente presentó estos Recursos alegando falta de respuesta por lo que esta Comisión corroboró que el sujeto obligado si respondió oportunamente al solicitante.